jueves, 14 de mayo de 2015

REGLAMENTO INTERNO DEL AULA INNOVACION – CRT-2015


ART.I  DISPOSICIONES GENERALES

Los servicios pueden ser  usados por los alumnos y personal docente  de la I.E

ART.II  SERVICIOS

  EL  AULA  DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y CENTRO DE RECURSOS TECNOLOGICOS  presenta los siguientes servicios:

   1.- Uso de las computadoras y laptop XO con los programas instalados.

   2.- Buscar información  requerida en internet u otros programas.

   3.- Aplicación de la tecnología actualizada al aprendizaje significativo.

ART. III  LOS USUARIOS

  1. No se permitirá el ingreso de los alumnos con mochilas, ni maletas.

  2. No se permitirá el ingreso de personas ajenas  a la Institución.

  3. Mantener el aula limpia y ordenada permanentemente.

  4. Demostrar orden y buen comportamiento durante la sesión de trabajo.

  5. Hacer uso correcto del equipo de Cómputo-CRT.

  6.  Los  Cd, USB  u otros  dispositivos  se revisarán previamente para evitar el ingreso de virus  y otros.

  7. EL PERSONAL DOCENTE DIRIGIRÁ LA SESIÓN DE APRENDIZAJE PREVIAMENTE PROGRAMADA Y COORDINADA CON DOS DÌAS DE ANTICIPACIÒN.

  8. Los docentes registrarán su asistencia en el documento indicado, para el informe mensual.

9. Los alumnos  sólo ingresarán al aula de cómputo-CRT acompañados por el docente o tutor  y permanecerán con ellos durante toda la clase.

10. El docente AIP-CRT  es el responsable  del mantenimiento de las máquinas  en coordinación con el personal de soporte técnico en ambos turnos.

11. El servidor o máquina principal  será usado solo por el docente AIP y el personal de soporte técnico.

Art. IV  NORMAS LEGALES:

 . Constitución Política del Perú de 1993

.  Ley General de Educación nº 28044

. Ley Orgánica del Ministerio de Educación, Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510

. Ley de Profesorado Nº 24029, modificado por  la Ley  Nº25212

. Creación del Proyecto Huascarán, decreto Supremo Nº 067-2001-ED

.Resolución Ministerial Nº 0364-2003-ED

. Directiva Nº 003-2003-PROYECTO Huascarán  D. S  Nº029-2004-ED. Lineamientos del Programa Nacional de Emergencia Educativa.

. Directiva Nº 089-2006-P HUASCARÀN

. Ley  de la carrera Pública Magisterial Nº 29062

. Directiva de la Carrera Pública Magisterial  Nº 29062

. Directiva Nº 90-2007/DIGETE

ART.V  DE LAS SANCIONES

1.       Los usuarios que malogren o dañen el quipo de cómputo o  el mobiliario estarán obligados a  reponer dejándolo  en las mismas condiciones.

2.       Los niños (as) reincidentes que ocasiones daños  al equipo serán  sancionados  con una papeleta de suspensión.

3.       En el caso de que el alumno  no cumpliese con alguna de las reglas anteriormente indicadas, se le aplicará una sanción.

4.       En el caso de que el alumno acumule tres sanciones, se le suspenderá el servicio por una semana.

5.        En el caso de que la falta fuera de extrema  gravedad, se le suspenderá según a criterio del  coordinador del aula de Innovación Pedagógica.

ART. VI MEDIDAS  DE SEGURIDAD  Y DE HIGIENE

1.       Los niños (as) DEBERÀN INGRESAR con las manos limpias y con el cabello seco al Aula  de Innovación Pedagógica.

2.       Los ALUMNOS no pueden ingresar lápices , borradores , correctores ni consumir bebidas ni alimentos  en el AIP

3.       Se evitará en todo momento las acciones que dañen al sistema.

                                    


                                                                     Lambayeque,  Abril del 2015






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