ART.I
DISPOSICIONES GENERALES
Los
servicios pueden ser usados por los
alumnos y personal docente de la I.E
ART.II
SERVICIOS
EL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y CENTRO DE RECURSOS TECNOLOGICOS presenta los siguientes servicios:
1.- Uso de las computadoras y laptop XO con
los programas instalados.
2.- Buscar información requerida en internet u otros programas.
3.- Aplicación de la tecnología actualizada
al aprendizaje significativo.
ART. III
LOS USUARIOS
1. No se
permitirá el ingreso de los alumnos con mochilas, ni maletas.
2. No se permitirá el ingreso de personas
ajenas a la Institución.
3. Mantener el aula limpia y ordenada
permanentemente.
4. Demostrar orden y buen comportamiento
durante la sesión de trabajo.
5. Hacer uso correcto del equipo de
Cómputo-CRT.
6. Los
Cd, USB
u otros dispositivos se revisarán previamente para evitar el
ingreso de virus y otros.
7. EL
PERSONAL DOCENTE DIRIGIRÁ LA SESIÓN DE APRENDIZAJE PREVIAMENTE PROGRAMADA Y
COORDINADA CON DOS DÌAS DE ANTICIPACIÒN.
8. Los docentes registrarán su asistencia en
el documento indicado, para el informe mensual.
9. Los alumnos sólo ingresarán al aula de cómputo-CRT
acompañados por el docente o tutor y
permanecerán con ellos durante toda la clase.
10. El docente AIP-CRT es el responsable del mantenimiento de las máquinas en coordinación con el personal de soporte
técnico en ambos turnos.
11.
El servidor o máquina principal será
usado solo por el docente AIP y el personal de soporte técnico.
Art. IV
NORMAS LEGALES:
. Constitución Política del Perú de 1993
. Ley General de Educación nº 28044
.
Ley Orgánica del Ministerio de Educación, Decreto Ley Nº 25762 modificado por
la Ley Nº 26510
.
Ley de Profesorado Nº 24029, modificado por
la Ley Nº25212
.
Creación del Proyecto Huascarán, decreto Supremo Nº 067-2001-ED
.Resolución
Ministerial Nº 0364-2003-ED
.
Directiva Nº 003-2003-PROYECTO Huascarán
D. S Nº029-2004-ED. Lineamientos
del Programa Nacional de Emergencia Educativa.
.
Directiva Nº 089-2006-P HUASCARÀN
.
Ley de la carrera Pública Magisterial Nº
29062
.
Directiva de la Carrera Pública Magisterial
Nº 29062
.
Directiva Nº 90-2007/DIGETE
ART.V
DE LAS SANCIONES
1. Los usuarios que malogren o dañen el quipo de cómputo o el mobiliario estarán obligados a reponer dejándolo en las mismas condiciones.
2. Los niños (as) reincidentes que ocasiones daños al equipo serán sancionados
con una papeleta de suspensión.
3. En el caso de que el alumno no
cumpliese con alguna de las reglas anteriormente indicadas, se le aplicará una
sanción.
4. En el caso de que el alumno acumule tres sanciones, se le suspenderá el
servicio por una semana.
5. En el caso de que la falta fuera de
extrema gravedad, se le suspenderá según
a criterio del coordinador del aula de
Innovación Pedagógica.
ART. VI MEDIDAS DE SEGURIDAD
Y DE HIGIENE
1.
Los niños (as) DEBERÀN INGRESAR con las manos limpias y con el cabello seco
al Aula de Innovación Pedagógica.
2.
Los ALUMNOS no pueden ingresar lápices , borradores , correctores ni
consumir bebidas ni alimentos en el AIP
3.
Se evitará en todo momento las acciones que dañen al sistema.
Lambayeque, Abril del 2015
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